Condenan al concejal de Xàbia que acusó de torturas a la Policía Local

 - El agente denunciado ha sido absuelto al estimar que las lesiones del ciudadano se produjeron durante el arresto

La Audiencia Provincial ha condenado a un año de prisión al concejal de Xàbia Paco Catalá que denunció a la Policía Local por supuestas torturas, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El tribunal ha absuelto al agente acusado de las torturas al considerar que las lesiones que presentaba el denunciante se produjeron durante el arresto, mientras se enfrentaba a los agentes. La sala impone a Catalá un año de prisión por atentado y 120 euros de multa por dos faltas de lesiones.

Los hechos se produjeron sobre las 5.40 horas de la madrugada del 18 de diciembre de 2005 cuando el acusado paseaba con una botella de cerveza en la mano por la zona de copas del paseo del Arenal en Xàbia, donde había ocurrido una pelea tumultuaria. El fallo considera probado que se produjo una trifulca cuando los agentes quisieron quitarle el botellín de cerveza. Dos de los policías locales recibieron un puñetazo y fueron agredidos por este acusado que, finalmente, pudo ser reducido entre seis policías. Catalá entró como concejal al ayuntamiento un año después por un partido independiente.

"Actitud agresiva"

Para los magistrados, "la actitud agresiva" de Catalá frente a los policías constituiría un delito de atentado, a lo que añaden que "lejos de mantener una mera actitud pasiva, fue causante de lesiones en dos de los agentes de policía".

El denunciante sostenía que, una vez en el retén policial, uno de los agentes pidió a sus compañeros que le dejaran a solas con él y comenzó a golpearle con su defensa reglamentaria mientras estaba esposado. La Audiencia no ha considerado probado este extremo y recalca que todas las lesiones que presentaba el arrestado eran compatibles con los golpes que sufrió mientras los agentes trataban de reducirlo. Para los jueces, la denuncia de las supuestas torturas "no encuentra sólido apoyo ni en la prueba testifical, ni en la pericial practicada".


Fuente: Levante EMV

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